Institucional

El agua es, ante todo un derecho humano fundamental. Es un bien público y un recurso único, que necesita ser debidamente administrado para garantizar su protección y buen uso. En este sentido se establece una Política Hídrica que permite abordar la temática mediante un manejo integral del recurso.

Defender y preservar el recurso, administrarlo, evitar su desperdicio y contaminación. Para lo cual se requiere la necesidad de desarrollar Planes Directores de manejo de los recursos hídricos provinciales. De esta forma se podrá cuantificar, medir y administrar adecuadamente tanto las fuentes superficiales como subterráneas que Chubut posee.

Funciones

  • Ser la Autoridad de Aplicación de la presente Ley, del Código de Aguas de la Provincia del Chubut, de las Leyes N° 4.896 y N° 5.178, y de toda otra norma sobre gestión de las aguas;
  • Formular, elaborar y coordinar el Plan Hídrico Provincial;
  • Elaborar el Informe Hídrico Anual;
  • Convocar, constituir y coordinar el Comité Ejecutivo de las Cuencas Hidrográficas y ejercer las funciones y competencias que la Ley N° 5.178 encomienda al Poder Ejecutivo;
  • Aprobar las rendiciones de cuentas y balances que presenten los consorcios de usuarios;
  • Aprobar los proyectos de eficientización hídrica y recepcionar las solicitudes de exención impositiva para su remisión a la Dirección General de Rentas;
  • Dictar las normas reglamentarias de carácter técnico a las cuales deberá ajustarse el desarrollo de la gestión e infraestructura hídrica provincial;
  • Establecer, en forma coordinada con la autoridad ambiental provincial, las normas para vertido de líquidos a cuerpos receptores, normas para vertido de efluentes líquidos industriales para reuso agrícola, normas de calidad de efluentes cloacales con tratamiento primario para reuso agrícola, normas de calidad de efluentes cloacales con tratamientos secundario para reuso agrícola;
  • Asesorar cuando le sea requerido, sobre las normas y condiciones técnicas de explotacion de los servicios públicos de provisión de agua potable y desagües cloacales en el ámbito de la provincia, en cuanto al uso y preservación del dominio público hidráulico se refiere;
  • Definir las condiciones técnicas de las obras de provisión de agua potable y desagües cloacales en el ámbito de la provincia, en cuanto al uso y preservación del dominio público hidráulico se refiere;
  • Participar en el proceso de selección, adjudicación y contratación de futuros concesionarios o prestadores como ente asesor;
  • Prestar en el ámbito de su competencia asistencia técnica a cooperativas, otros prestadores y a terceros que lo soliciten, en cuanto al uso y preservación del dominio público hidráulico se refiere;
  • Tener a su cargo el estudio de los recursos hídricos provinciales. A tal efecto desarrollará programas vinculados con el conocimiento de los parámetros intervinientes en el ciclo hidrológico de cuencas y regiones de la provincia;
  • Coordinar con la autoridad ambiental provincial, la aplicación de las leyes y reglamentos destinados al control de calidad de las aguas;
  • Actuar como Autoridad de Aplicación en el manejo del agua de los aprovechamientos hidroeléctricos en cumplimiento de las funciones asignadas en los Pliegos de Licitación y en los Contratos de Concesión de HIDROELÉCTRICA AMEGHINO S.A. e HIDROELÉCTRICAFUTALEUFÚ S.A. u otros que se incorporen en el futuro y de las que se acuerden por Ley N° 4.148 respecto de tal materia;
  • Ejercer la representación en el ORGANISMO REGIONAL DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) de acuerdo con el convenio entre el Poder Ejecutivo Nacional y la Provincia del Chubut suscripto el 31 de octubre de 1.994;
  • Gestionar el sistema financiero (cánones, tasas y tarifas) por el uso de los recursos hídricos que le competen, según las normas vigentes y los recursos presupuestarios que se determinen;
  • Gestionar los sistemas de alarmas y modelos de pronóstico que ayuden a minimizar las pérdidas económicas por fenómenos naturales y efectos antrópicos;  Gestionar el sistema de educación y capacitación en la cultura del ahorro y preservación de los recursos hídricos;
  • Gestionar el Sistema de Información sobre Recursos Hídricos;
  • Proyectar, ejecutar y gestionar en concurrencia con la Secretaría de Infraestructura, planeamiento y Servicios Públicos los proyectos de construcción, remodelación, conservacion,mantenimiento,operación y/o explotación de obras hídricas de jurisdiccion provincial;
  • Las estipuladas en el artículo 56° de la presente ley.

 

Autoridades

Ing. Esteban Parra

Administrador General de Recursos Hídricos

Arq. Alejandro Panaccio

Subadministrador e Recursos Hídricos

Dra. Daniela Robles

Asesora Legal

MyCP Roberto I. Morales Fernández

Director de C. Cuencas, Delegaciones y Asoc. de Regantes

Cdor. Diego Carpineti

A/d Dirección de Administración